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El BOJA publica la modificación de la Ordenanza fiscal de la tasa por ocupación de vía pública a restauradores

El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) ha publicado el acuerdo provisional de modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial de la vía pública con mesas y sillas con finalidad lucrativa, tal y como aprobó el Pleno de la Corporación de Baena en sesión extraordinaria y urgente el pasado 14 de mayo de 2020.



De esta manera, se incluye el apartado 3bis al artículo 7 de la Ordenanza Fiscal, que asegura que “cuando por causas no imputables al sujeto pasivo el derecho a la utilización privativa o aprovechamiento especial de la vía pública no se preste o desarrolle, y ya se hubiere cobrado la liquidación, se procederá a la devolución del importe ingresado que corresponda, lo cual se realizará de oficio por la Administración”.

Mientras que, si aún no se hubiera notificado la liquidación “se reducirá la cantidad exigible en proporción al periodo o a la superficie de imposible utilización o aprovechamiento”.

Además, también se incluye en esta modificación una Disposición Transitoria de la Ordenanza Fiscal, que se refiere a las ampliaciones excepcionales de utilización privativa o aprovechamiento especial de la vía pública motivadas por la situación provocada por el covid-19.

De esta manera, para aquellos que se extiendan durante el periodo en el que se encuentren en vigor las limitaciones establecidas por la normativa de carácter estatal “en cuanto a la proporción entre meses y superficie disponible cuya licencia se conceda con posterioridad a la entrada en vigor de la presente modificación”, les resultará de aplicación una tarifa mensual de 0,00 euros por metro cuadrado.

MARTA BAENA SANZ / ANDALUCÍA DIGITAL
FOTOGRAFÍA: JOSÉ ANTONIO AGUILAR


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