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Remedios Fariñas | Separación de poderes

Si Montesquieu levantara la cabeza y se encontrara con esta “democracia” nuestra, estoy completamente segura de que, o bien, se volvería indignado a su tumba o, bien, se hacía militante de Podemos. Toda esta perorata irónica viene a cuento de la última sentencia del Tribunal Supremo, es decir, la que el juez Marchena ha dictado en contra del ya exparlamentario Alberto Rodríguez.


Creo que, en primer lugar, lo mejor es conocer a ambos personajes y comprobar por dónde se mueven. Comenzaré por el juez Marchena. Desde que fue ascendido a juez del Tribunal Supremo en el 2007, sus sentencias han sido, cuando menos, polémicas. Muchos juristas lo han acusado de rozar el favoritismo hacia procesados del Partido Popular (PP) o de dictar sentencias "demasiado desfavorables" para los enemigos de la calle Génova.

No obstante, los grandes benefactores que propiciaron su escalada profesional siempre se movieron en la órbita de la ultraderecha, tal y como han apuntado diversas fuentes periodísticas. Es más, uno de sus padrinos habría sido el fiscal general del Estado, Jesús Cardenal, que llegó a oponerse a la petición de extradición del dictador Pinochet por parte del juez Baltasar Garzón.

Desde mi punto de vista, da la sensación de que cada vez que el PP ha estado en el Gobierno, la carrera de Manuel Marchena ha ascendido meteóricamente. No en vano, accedió a la Fiscalía del Supremo de la mano de Jesús Cardenal, conocido por su militancia en el Opus Dei.

A su vez, el entonces ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, lo nombró presidente de una comisión encargada de elaborar una propuesta para que el fiscal se ocupase de la dirección de la investigación de los procesos judiciales –labor que, recordemos, recae en los jueces de Instrucción–. De este modo, la fiscalía –que depende del Poder Ejecutivo– hubiera tenido autoridad plena en cualquier proceso judicial –muchos de los cuales afectaban directamente al PP–.

Ya por entonces, algunos medios acusaban al juez Marchena de ejercer una "persecución" contra Baltasar Garzón. Sea cierto o no, lo que es innegable es que el propio Marchena fue ponente del tribunal que lo acabó condenando a raíz de las causas presentadas sobre los crímenes franquistas y, especialmente, sobre la instrucción del caso Gürtel.

En 2014, este magistrado nacido en 1959 en Las Palmas de Gran Canaria asciende a la presidencia de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, gracias, por lo que parece, a los votos de la mayoría conservadora, desplazando a Cándido Conde-Pumpido, con mucha más antigüedad y experiencia que él, según sostienen muchos especialistas en información de tribunales.

Unos días antes, el juez Marchena, que estaba encargado de procesar a políticos y parlamentarios, había disfrutado de una comida con el exministro y ex secretario general del PP, Ángel Acebes, tal y como publicaron diversos medios. Cinco días después, el mismo Acebes acabó siendo imputado por el juez Pablo Ruz en la trama de corrupción de la Gürtel.

Desde distintos ámbitos se ha asegurado también que Marchena mantenía una "más que estrecha relación" con el Instituto de Práctica Jurídica "Schola Iuris", donde enseñaba en el Máster de Derecho Penal. Este instituto, recordemos, pertenecía al comisario Villarejo, famoso ya por aquel entonces.

Pero aún hay más: medios de comunicación como El Plural o eldiario.es han desvelado que, en su trayectoria en la Sala Segunda del Supremo, Manuel Marchena habría podido favorecer a políticos del PP, como en el caso de Ignacio González y el ático de Estepona; Jaume Matas, con el Palma Arena o Francisco Camps, con los regalos que presuntamente recibió de la trama Gürtel. No sabemos si es cierto pero la sombra de la duda siempre ha estado cerca...

Bajo su mandato, también se archivó la querella contra Jorge Fernández Díaz y el director de la Oficina Antifraude de Cataluña por presuntos delitos de violación de secretos, prevaricación y malversación en unas conversaciones grabadas en el propio despacho del entonces ministro del Interior.

Ahora dirigiremos nuestra mirada a Alberto Rodríguez: tras estudiar un ciclo de Química Ambiental y trabajar de operario en una refinería de petróleo, el 13 de enero de 2016 fue elegido diputado de Podemos por Santa Cruz de Tenerife.

En 2014, durante una manifestación contra la Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE), Alberto Rodríguez fue acusado de propinar una patada a un policía, hecho que él niega, por lo que fue denunciado, procesado y condenado a un mes y quince días de prisión e inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo durante ese tiempo. La condena ha sido sustituida por una multa de 540 euros que, como desveló en el programa Salvados de La Sexta, ya ha abonado.

El problema es que la Sala Segunda del Tribunal Supremo, presidida por Manuel Marchena, quería inhabilitar a Alberto Rodríguez como parlamentario, sin embargo, no lo recoge en la sentencia: lo único que valora es que no puede presentarse a unas elecciones durante mes y medio. Por tanto, no pidió la inhabilitación para ejercer cargo público que sí hubiese implicado la pérdida de su escaño.

Pese a todo, el Alto Tribunal habría "presionado" al Congreso para que inhabilitara al diputado. De hecho, una vez estudiada la sentencia por los juristas de la Cámara Baja, se concluye que no se puede aplicar la pérdida de escaño en virtud del artículo 6.2 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG) y del artículo 44 del Código Penal.

Y es que la pena de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo es causa de incompatibilidad para ejercer como parlamentario solamente respecto de determinados delitos, como los de terrorismo y rebelión. Otro motivo es la inexistencia de pena de prisión, ya que la ley vincula la prisión con la inelegibilidad, por lo que si no hay pena privativa de libertad –porque desde el primer momento se sustituyó por la multa– no hay inelegibilidad.

Tras todo este sinsentido, la presidenta del Congreso solicitó al Tribunal Supremo una aclaración. Y la Sala de lo Penal presidida por Manuel Marchena respondió que no había nada que aclarar a la Cámara Baja sino a las partes.

El resultado ya lo conocen: al final, Alberto Rodríguez ha sido despojado de su acta de diputado. Seguro que PP y VOX están celebrándolo porque, después del enfado del Tribunal Supremo y de los grupos de derechas por los indultos del “procés”, ponen la vista en el Congreso, en los diputados progresistas, y lo que no pueden conseguir en las urnas, como siempre, quieren conseguirlo en los juzgados. Ahora, los votantes de Santa Cruz de Tenerife deben sentirse muy contentos de no tener representación en las Cortes.

REMEDIOS FARIÑAS


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